Declaración de obra nueva
Si en su escritura no aparece la vivienda, para su constancia ha de hacer una escritura de declaración de obra nueva.
La patrimonialización de una edificación mediante la incorporación de la misma al título de propiedad e inscripción en el Registro de la Propiedad requiere el cumplimiento de una serie de requisitos que han ido incrementándose en los últimos años. La declaración podrá hacerse bien de conformidad con el proyecto y licencia o bien por el transcurso del plazo de restablecimiento de la legalidad urbanística. Debe asimismo conocer la tributación que de ello se deriva, de lo que le informaremos.
Los documentos necesarios son los que a continuación se relacionan, si bien deberá ponerse en contacto con nosotros para analizar su situación a la vista de la documentación, del caso concreto y, lamentablemente, del Registro en el que radique la finca, puesto que, tras la Ley 13/2015, bajo el pretexto de tener que hacer constar las coordenadas UTM de la superficie de la parcela que ocupa la edificación, nos encontramos con que en algunos Registros quieren que figuren las coordenadas de la parcela y en su caso la conformidad de los colindantes, con los problemas que ello va a suponer, descartándose en algunos Registros la información del Catastro, pues aunque esté todo correcto en Catastro, un ligero desplazamiento de la cartografía catastral supone que la información que consta en este Registro administrativo de todo el territorio nacional, no sea admitido por algunos Registros. Consulte y le informaremos el modo de proceder en cada caso concreto.
Es importante tener en cuenta que en algunos Registros, el plazo para inscribir una obra nueva o un Acta de fin de Obra, que hace pocos años era de un mes, se puede demorar unos tres meses. Es muy conveniente que consulte con nosotros antes de preparar la documentación, para tratar de reducir estos plazos en la medida de lo posible.
Documentación requerida
- Declaración de obra con licencia y proyecto
- Licencia de edificación.
- Certificación técnica descriptiva y de finalización (visada).
- Licencia de ocupación (o en Andalucía declaración responsable).
- Georreferenciación -coordenadas UTM- de la “huella” de la edificación, y conveniente aportar la georreferenciación de la parcela. No será necesario si resultan del Catastro, salvo en aquellos Registros que desdeñan estas coordenadas catastrales (consulte con nosotros).
- Seguro decenal en viviendas (salvo unifamiliares o más de 10 años).
- Certificado de eficiencia energética (salvo que por su antigüedad no sea preciso -pueden consultarnos-).
- Libro del Edificio (salvo que por su antigüedad no sea preciso -pueden consultarnos-).
- Declaración de obra vieja sin licencia
- Certificación de un técnico visada, del Ayuntamiento o de Catastro, acreditativa de su antigüedad (superior a 6 años en Andalucía).
- Georreferenciación -coordenadas UTM- de la “huella” de la edificación, y conveniente aportar la georreferenciación de la parcela. No será necesario si resultan del Catastro, salvo en aquellos Registros que desdeñan estas coordenadas catastrales (consulte con nosotros).
- Seguro decenal (salvo unifamiliares o más de 10 años).
- Acta de fin de obra
- Certificación técnica descriptiva y de finalización (visada).
- Licencia de ocupación (o en Andalucía declaración responsable).
- Georreferenciación -coordenadas UTM- de la “huella” de la edificación, y conveniente aportar la georreferenciación de la parcela. No será necesario si resultan del Catastro, salvo en aquellos Registros que desdeñan estas coordenadas catastrales (consulte con nosotros el caso concreto).
- Seguro decenal en viviendas (salvo unifamiliares o más de 10 años).
- Certificado de eficiencia energética (salvo que por su antigüedad no sea preciso -pueden consultarnos-).
- Libro del Edificio (salvo que por su antigüedad no sea preciso -pueden consultarnos-).